jueves, 27 de febrero de 2025

Alivio en la adversidad, La pensión de sobrevivientes como apoyo familiar


La pensión de sobrevivientes es un tema que, aunque puede parecer técnico y frío, toca fibras profundas de la vida humana. Es un mecanismo diseñado para brindar un soporte económico a quienes han perdido a su jefe de hogar, un hecho que, más allá de lo material, implica una ruptura emocional y un vacío difícil de llenar. Este beneficio no solo busca asegurar el sustento de los familiares, sino también ofrecer un alivio en momentos de duelo, cuando las preocupaciones financieras pueden agravar el dolor.

 

El origen de la muerte del afiliado o pensionado es un factor clave que determina quién asume los costos del sepelio. Si el fallecimiento se debe a causas comunes, la responsabilidad recae en el fondo privado de pensiones o en Colpensiones, según corresponda. Sin embargo, si la muerte ocurre por un accidente laboral o una enfermedad profesional, es la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) la que cubre estos gastos. Este detalle, aunque aparentemente administrativo, refleja un sistema que intenta distribuir las cargas de manera justa, dependiendo de las circunstancias que rodearon el deceso.

 

En cuanto a los tipos de pensión de sobrevivientes, existen dos modalidades principales. La primera es la pensión por fallecimiento de un afiliado no pensionado, que aplica cuando la persona fallecida no había accedido aún a su jubilación. Para que los beneficiarios reciban este apoyo, es necesario que el afiliado haya cotizado al menos 50 semanas en los tres años previos a su muerte. La segunda modalidad es la sustitución pensional, que se otorga a los familiares de una persona que ya estaba pensionada al momento de fallecer. En este caso, los beneficiarios reciben el mismo monto que el jubilado percibía, lo que permite mantener un nivel de vida similar al que tenían antes de la pérdida.

 

Pero, ¿qué sucede si el jubilado fallece sin dejar beneficiarios designados o si no existen personas con derecho a la sustitución pensional? En tales casos, los ahorros se devuelven a los herederos hasta el cuarto grado de consanguinidad. Si no hay herederos en línea directa, el saldo de la cuenta individual se transfiere a fondos estatales como el Fondo de Garantía de Pensión Mínima (FOGAPEMI) o el Fondo de Solidaridad Pensional (FSP), que subsidian las cotizaciones de personas en situación de vulnerabilidad. Este mecanismo asegura que los recursos no se pierdan, sino que se redirijan hacia quienes más los necesitan.

 

Los beneficiarios que pueden heredar el ahorro pensional incluyen padres, hermanos, sobrinos y primos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley 100 de 1993 y la Ley 797 de 2003. Por ejemplo, el cónyuge o compañero permanente debe demostrar que convivió con el fallecido por al menos cinco años continuos antes del deceso. Los hijos, por su parte, tienen derecho si son menores de edad, estudiantes entre 18 y 25 años, o personas con discapacidad. Los padres solo pueden reclamar si dependían económicamente del fallecido, y los hermanos con discapacidad deben demostrar esa misma dependencia. Para acceder a estos fondos, es necesario presentar una escritura pública o un juicio de sucesión que establezca la distribución del dinero entre los herederos.

 

El cálculo de la pensión de sobrevivientes varía según el caso. En la sustitución pensional, los beneficiarios reciben el 100 % de la pensión que percibía el fallecido. En cambio, en la pensión de sobrevivientes por muerte de un afiliado, se asigna el 45 % del ingreso base de liquidación, con un incremento del 2 % por cada 50 semanas adicionales cotizadas, hasta un máximo del 75 % del ingreso base. Estas cifras no son meros números; representan un esfuerzo por equilibrar la necesidad de apoyo con la sostenibilidad del sistema.

 

La pensión de sobrevivientes es un instrumento que, aunque técnico en su funcionamiento, tiene un impacto profundo en la vida de quienes atraviesan la pérdida de un ser querido. No se limita a garantizar el sustento económico; también ofrece un respiro en momentos de gran fragilidad emocional.

 

Fuente:

https://www.lafm.com.co/colombia/pension-heredada-en-colombia-2025-que-pasa-con-el-dinero-si-no-hay-beneficiarios

 


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